Senadores
aprueban despenalizar derecho a la huelga
(Prensa
Senado 26-11-2012).- El pleno de senadores, por unanimidad, aprobó la despenalización
del derecho a la huelga y la protección del fuero sindical en materia penal.
La aprobación del proyecto de ley
implica la modificación del artículo 232 del Código Penal que define la
privación de libertad de 1 a 8 años a aquella persona que impida o entorpezca
el desarrollo normal del trabajo y la exención de toda responsabilidad para la
o el dirigente que defiende los intereses laborales de su sector.
“La exclusión del artículo 234 del
Código Penal, beneficia las luchas reivindicativas de los trabajadores, es un
beneficio que ha sido redactado y exigido por la Central Obrera Boliviana”,
sostuvo el senador Eugenio Rojas.
El derecho a la huelga es uno de los
derechos de segunda generación, reconocido por la mayoría de los ordenamientos
jurídicos internos y en tratados internacionales como el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La Constitución Política del Estado, en
su artículo 53, garantiza el derecho a la huelga como el ejercicio de la
facultad legal de los y las trabajadores de suspender labores en defensa de sus
derechos de acuerdo a ley. Asimismo el artículo 51, establece la protección de
los dirigentes del fuero sindical.
Del mismo modo, el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ratificado por nuestro país,
establece al derecho del trabajo y al derecho de la huelga.
La huelga es la suspensión colectiva de
la actividad laboral por parte de los trabajadores con el fin de reivindicar
mejoras en las condiciones de trabajo o manifestarse en contra de recortes en
los derechos sociales.
El proyecto de ley aprobado en grande y
detalle, consta de 3 artículos, y una disposición final, y fue remitido al
Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
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