Ley contra avasallamiento sancionará con cárcel a compra o venta ilegal
de minerales
Sesión de la Cámara de Senadores |
Prensa Senado (25-04-2013).- La Cámara de Senadores aprobó hoy
el proyecto de Ley que incorpora los tipos penales de avasallamiento en el área
minera en el Código Penal, y devolvió el proyecto con modificaciones a la
Cámara de Diputados. Los senadores incorporaron privación de libertad a quienes
compren ilegalmente recursos minerales que sean producto de avasallamiento.
El pleno del Senado, por más de dos
tercios de votos, agregó al proyecto de ley el concepto de compra. Con esta
inclusión, no solo se sancionará a los que “vendieren” los recursos minerales
producto de avasallamiento, sino también a los que “compraren”.
La venta o compra ilegal de minerales
tendrá una sanción penal de reclusión carcelaria de 3 a 6 años.
Por otra parte, la propuesta legal,
aprobada en Diputados y que se mantuvo en Senado, señala: “El que por cualquier
razón ocupare área minera mediante violencia, amenazas, engaño o cualquier otro
medio, impidiendo el ejercicio de actividades mineras o desalojando derechos
del Estado y/o a titulares de derechos mineros que se hallan en posesión legal
del mismo, será sancionado con privación de libertad de 4 a 8 años”.
Con esta misma pena (4 a 8 de cárcel) se
castigará a quienes exploten ilegalmente los recursos minerales “sin contar con
autorización o derecho otorgado”.
El proyecto de ley crea tres tipos
penales en el Código Penal: avasallamiento en área minera, explotación ilegal
de recursos minerales y venta o compra ilegal de recursos minerales.
La Comisión de Justicia Plural del
Senado, en su informe, deja en claro que los recursos naturales “son de
propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano
y corresponde al Estado su administración…”.
La actividad minera legal en los últimos
años fue perjudicada por la ocupación física por presión, violencia y amenazas
de avasalladores.
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